Fin al proceso de incapacidad legal

 En el día de ayer, 3 de junio de 2021, se publicó en el BOE la reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Con esta modificación se deja atrás el proceso de incapacitación legal en favor de un sistema de apoyos mas justo e igualitario para todos.

Concretemos.... ¿Qué supone esto?

Lo primero es que la Persona con discapacidad es persona CON DERECHOS. 

La incapacitación judicial ya no será una posibilidad en España. De manera muy excepcional se optará una curatela representativa solo en los casos en los que la persona no tenga ninguna posibilidad de tomar decisiones. 

Entonces, si necesitamos realizar algún tramite legal ¿Cómo tendría que hacerlo? 

Si la persona puede manifestar su deseo contando con apoyos (sistemas alternativos de comunicación, adaptación del lenguaje, documentación en lectura fácil, etc...) siempre podrá manifestarlo ante el organismo donde se le requiera no siendo necesario acudir a los juzgados.

Mi familiar está ya incapacitado por la ley anterior ¿Qué sucede ahora?

El plazo para la entrada en vigor de esta nueva norma es de 3 meses por lo que a partir del 3 de septiembre, día que entra en vigor , los actualmente incapacitados quedan sometidos a curatela representativa  y todos tendrán que regirse por los principios de esta nueva norma.

Se establece un plazo de 3 años para una revisión de todas las sentencias. Esta revisión podrá ser solicitada por la propia persona o bien de oficio por la Persona incapacitada. Esta revisión deberá resolverse en menos de un año.

¿Qué ocurre con los no incapacitados que aún no han cumplido los 18 años?

A partir del 3 de septiembre ya no se podrá solicitar el inicio del proceso de incapacidad legal y tutela dando paso a un sistema de apoyos que faciliten a la persona en la toma de decisiones. 


Podéis acceder a la norma completa AQUI



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