Os informamos de la convocatoria de ayudas anuales que ha sido publicada en BOJA el Jueves 27 de junio de 2019
Estas ayudas son para facilitar la mayor autonomía posible a las personas con discapacidad, mediante la financiación de algunos de los siguientes conceptos:
* La adaptar de vehículos a motor (Coches) (máx. 750 euros)
*
Comprar, renovar y reparar de prótesis y órtesis, así como la compra, renovación
y reparación de
productos de apoyo para personas con discapacidad,
siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.
*
Gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que asisten, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como gastos de desplazamiento de niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse
al centro al que deban asistir.
Podrán ser beneficiarias las personas discapacidad física, psíquica o sensorial en una minusvalía igual o superior al 33%:
* Que vivan en Andalucía
*
Menores de 65 años.
*
Tener un presupuesto cierto y con informe
favorable del Centro de Valoración y Orientación (en el caso de ayudas para adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para PDI).
* No tener ingresos superiores
Al IPREM
Para el año 2019 los ingresos que no se pueden superar serían:
1 persona sola
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2 personas.
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3 personas
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4 personas
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No superar
al mes.
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537,84 €
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1.075,68 €
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1.613,52 €
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2.151,36 €
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No superar
al año.
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7.519,59 €
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15.039,18
€
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22.558,77 €
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30.078,36 €
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El plazo de solicitud finaliza el próximo día 17 de julio
Las familias interesadas en presentar la solicitud pueden solicitar una cita con la trabajadora social del centro donde es atendido su hijo/a o familiar.
- La documentación necesaria para tramitar dicha subvención es:
·
Fotocopia del DNI de la persona con discapacidad.
·
Fotocopia DNI de representante
legal o tutor.
·
Documento que acredite la representación (libro de familia o sentencia de incapacidad
·
Fotocopia de la Calificación de Minusvalía.
·
Certificado de empadronamiento colectivo.
·
Fotocopia de libreta de ahorro
o certificado bancario sellado por el banco.
·
Fotocopia completa de la Declaración
de la Renta del año 2016. En caso de no hacer
·
Presupuesto o factura (en los casos que ya se comprado en fecha posterior a 4 de julio
·
Otros documentos dependiendo de la ayuda a solicitar: informe
favorable para ayudas
Pueden descargar la solicitud AQUI así como encontrar mayor información para su tramitación.
Sin otro particular, y esperando que la información sea de vuestro interés, os saluda.
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